Consejo
La Presidencia del Consejo durante los meses de noviembre y diciembre de 2024 está a cargo de la República de Guatemala
Se compone de cinco Estados Miembros del Organismo -actualmente Argentina, Brasil, Guatemala, México y Panamá – elegidos por la Conferencia General de entre las Partes Contratantes teniendo debidamente en cuenta la representación geográfica equitativa.
El Consejo, además de las funciones conferidas a él por el Tratado y de las que le asigne la Conferencia General, deberá velar por el buen funcionamiento del Sistema de Control, de acuerdo con las disposiciones del Tratado y con las decisiones adoptadas por la Conferencia General y deberá presentar un Informe de su trabajo y todos los informes especiales que considere necesarios a la Conferencia General.
El Consejo sesiona ordinariamente una vez cada dos meses y extraordinariamente cuando sea necesario.
De acuerdo al Tratado de Tlatelolco en su Artículo 10:
- El Consejo se compondrá de cinco Miembros, elegidos por la Conferencia General de entre las Partes Contratantes teniendo debidamente en cuenta la representación geográfica equitativa;
- Los Miembros del Consejo serán elegidos por un período de cuatro años. Sin embargo, en la primera elección tres serán elegidos por dos años. Los Miembros salientes no serán reelegibles para el período subsiguiente, a menos que el número de Estados para los cuales el Tratado entre en vigor no lo permitiese;
- Cada Miembro del Consejo tendrá un Representante;
- El Consejo será organizado de modo que pueda funcionar continuamente;
- Además de las atribuciones que le confiere el presente Tratado y de las que le asigne la Conferencia General, el Consejo, a través del Secretario General, velará por el buen funcionamiento del Sistema de Control, de acuerdo con las disposiciones del presente Tratado y con las decisiones adoptadas por la Conferencia General;
- El Consejo rendirá a la Conferencia General un Informe anual sobre sus actividades, así como los informes especiales que considere convenientes o que la Conferencia General le solicite;
- El Consejo elegirá sus autoridades para cada reunión;
- Las decisiones del Consejo se tomarán por el voto de una mayoría simple de sus miembros presentes y votantes;
- El Consejo adoptará su propio Reglamento.
Se compone de cinco Estados Miembros del Organismo –actualmente Argentina, Brasil, Guatemala, México y Panamá – elegidos por la Conferencia General de entre las Partes Contratantes teniendo debidamente en cuenta la representación geográfica equitativa.
El Consejo, además de las funciones conferidas a él por el Tratado y de las que le asigne la Conferencia General, deberá velar por el buen funcionamiento del Sistema de Control, de acuerdo con las disposiciones del Tratado y con las decisiones adoptadas por la Conferencia General y deberá presentar un Informe de su trabajo y todos los informes especiales que considere necesarios a la Conferencia General.
El Consejo sesiona ordinariamente una vez cada dos meses y extraordinariamente cuando sea necesario.
De acuerdo al Tratado de Tlatelolco en su Artículo 10:
- El Consejo se compondrá de cinco Miembros, elegidos por la Conferencia General de entre las Partes Contratantes teniendo debidamente en cuenta la representación geográfica equitativa;
- Los Miembros del Consejo serán elegidos por un período de cuatro años. Sin embargo, en la primera elección tres serán elegidos por dos años. Los Miembros salientes no serán reelegibles para el período subsiguiente, a menos que el número de Estados para los cuales el Tratado entre en vigor no lo permitiese;
- Cada Miembro del Consejo tendrá un Representante;
- El Consejo será organizado de modo que pueda funcionar continuamente;
- Además de las atribuciones que le confiere el presente Tratado y de las que le asigne la Conferencia General, el Consejo, a través del Secretario General, velará por el buen funcionamiento del Sistema de Control, de acuerdo con las disposiciones del presente Tratado y con las decisiones adoptadas por la Conferencia General;
- El Consejo rendirá a la Conferencia General un Informe anual sobre sus actividades, así como los informes especiales que considere convenientes o que la Conferencia General le solicite;
- El Consejo elegirá sus autoridades para cada reunión;
- Las decisiones del Consejo se tomarán por el voto de una mayoría simple de sus miembros presentes y votantes;
- El Consejo adoptará su propio Reglamento.
Ver Resoluciones del Consejo
Resoluciones históricas del Consejo
C/24/2016
15 de septiembre de 2016
Ensayo nuclear realizado por la República Popular Democrática de Corea el 8 de septiembre de 2016
English
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C/Res.01/2016
18 de enero de 2016
Ensayo nuclear realizado por la República Popular Democrática de Corea el 6 de enero de 2016
English/ Portuguese
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C/Res.55
4 de abril de 2013
Ensayo nuclear realizado por la República Democrática Popular de Corea el 12 de febrero de 2013
English
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C/Res.54
20 de abril de 2010
Firma del Tratado entre los Estados Unidos de América y la Federación Rusa sobre medidas para la Reducción y Limitación de Armas Estratégicas Ofensivas
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C/Res.53
8 de abril de 2010
Reconocimiento al Dr. Héctor Gros Espiell en las funciones de Secretario General del OPANAL, durante el período 1972-1981
C/Res.51
8 de junio de 2009
Programa de trabajo de la Conferencia de Desarme para el período de sesiones de 2009
English
C/Res.50
2 de junio de 2009
Ensayo nuclear realizado por la República Popular Democrática de Corea el 25 de mayo de 2009
English
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C/Res.48
21 de mayo de 2009
Reconocimiento al Dr. José Ricardo Martínez Cobo por su importante gestión en las funciones de Secretario General, durante el período 1981-1985
C/Res.46
28 de octubre de 2007
Incremento del monto del Subfondo de reserva y del Fondo de usos pacíficos de la energía nuclear
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C/Res.44
4 de octubre de 2007
Cumplimiento de las funciones de la Secretaría – Convocatoria al XX Período Ordinario de la Conferencia General
English
S/Inf.739
17 de noviembre de 1998
Declaración del Consejo del OPANAL sobre la pérdida de vidas humanas debido a los desastres naturales que asolaron a países del Caribe y de Centroamérica en noviembre de 1998
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S/Inf.738
27 de octubre de 1998
Declaración del Consejo del OPANAL sobre los acuerdos de paz alcanzados por los Gobiernos de la República del Ecuador y de la República del Perú, contenidos en el «Acta Presidencial de Brasilia», suscrita el 26 de octubre de 1998
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C/Res.39
29 de mayo de 1998
Ensayos nucleares realizados por la República Islámica de Paquistán
English
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S/Inf.715
4 de febrero de 1998
Declaración del Consejo sobre transporte de desechos radiactivos
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C/Res.36
10 de junio de 1997
Participación de organizaciones no gubernamentales en la Conferencia General
C/Res.34
15 de enero de 1997
Conmemoración del XXX Aniversario de la apertura a la firma del Tratado de Tlatelolco
English
C/E/Res.33
21 de noviembre de 1996
Concesión del Título Honorífico «Padre del Tratado de Tlatelolco» al Presidente Miguel Alemán Valdés de México
English
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C/Res.31
22 de febrero de 1996
Ratificación de la enmienda al Artículo 24 del Tratado de Tlatelolco
English
C/Res.30
23 de agosto de 1995
Nombramiento del Secretario General Adjunto y del Director de la Organización
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C/Res.28
16 de diciembre de 1994
Designación del Secretario General Adjunto y del Director de la Organización
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C/Res.24
23 de agosto de 1994
Adhesión de los Estados Unidos de América al Tratado de Tlatelolco
English
C/Res.21
23 de agosto de 1994
Adhesión del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte al Tratado de Tlatelolco
English
C/Res.20
27 de abril de 1994
Nombramiento de Director General del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina y el Caribe
English
C/Res.19
27 de abril de 1994
Informe del Secretario General al Consejo Directivo del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina y el Caribe
English
C/Res.16
28 de octubre de 1993